LEASING OPERATIVO Y FINANCIERO
ESTE BLOG TE AYUDARA A RECONOCER LA DIFERENCIA DE LA CONTABILIZACION ENTRE UN LEASING OPERATIVO Y UNO FINANCIERO ENTRE OTROS ASPECTOS..
sábado, 21 de mayo de 2011
DIFERENCIAS ENTRE LEASING OPERATIVO Y LEASINGO FINANCIERO
Existen diversas modalidades de Leasing, todos las cuales se enmarcan en dos tipos fundamentales que son el Leasing Financiero y el Leasing Operativo.
El Leasing Financiero es: un contrato en virtud del cual, una Compañía de Financiamiento Comercial, denominada LA LEASING, entrega a una persona natural o jurídica, denominada EL LOCATARIO, la tenencia de un activo que ha adquirido para el efecto y que éste último ha seleccionado para su uso y goce, a cambio del pago periódico de una suma de dinero (CANON) durante un plazo pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendrá derecho a adquirir el activo por el valor de la opción de adquisición.El Leasing Operativo es: un contrato en virtud del cual, una persona natural o jurídica, denominada LA ARRENDADORA, entrega a otra, llamada LA ARRENDATARIA, la tenencia de un bien para su uso y goce, a cambio del pago de un canon o renta periódica.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING FINANCIERO?
1°- La entrega de un bien para su uso y goce.
2°- El establecimiento de un canon periódico, que lleva implícito el precio del derecho a ejercer una opción de adquisición.
3°- La existencia, en favor del locatario, de una opción de adquisición al terminarse el plazo pactado en el contrato, que podrá ejercer siempre y cuando cumpla con la totalidad de las prestaciones a su cargo.
4°- Que el bien objeto del Leasing sea susceptible de producir renta.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING OPERATIVO?
1° La entrega del bien.
2° El pago de un canon.
3° La aptitud del bien para producir renta.
EN QUE SE DIFERENCIA EL LEASING FINANCIERO DEL LEASING OPERATIVO?
La diferencia fundamental consiste en que en el leasing financiero siempre existe una opción de adquisición, pactada desde el inicio del contrato a favor del locatario, mientras que en el operativo sólo se presenta esta opción excepcionalmente, y de existir, es por el valor comercial del bien (Opción de compra a precio comercial).
En el leasing financiero, la vocación del bien es pasar al patrimonio del locatario, al paso que en el operativo es permanecer en poder del arrendador.
La opción de adquisición en un leasing financiero puede estar determinada en valor en el contrato, o ser determinable siempre y cuando claramente se indique como llegar a su determinación y dicha determinación guarde relación con el valor del bien en el momento en que se inicie el contrato.
La potencial opción de compra en un leasing operativo, como se dijo, se realiza por el valor comercial del bien,
Existen diversas modalidades de Leasing, todos las cuales se enmarcan en dos tipos fundamentales que son el Leasing Financiero y el Leasing Operativo.
El Leasing Financiero es: un contrato en virtud del cual, una Compañía de Financiamiento Comercial, denominada LA LEASING, entrega a una persona natural o jurídica, denominada EL LOCATARIO, la tenencia de un activo que ha adquirido para el efecto y que éste último ha seleccionado para su uso y goce, a cambio del pago periódico de una suma de dinero (CANON) durante un plazo pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendrá derecho a adquirir el activo por el valor de la opción de adquisición.El Leasing Operativo es: un contrato en virtud del cual, una persona natural o jurídica, denominada LA ARRENDADORA, entrega a otra, llamada LA ARRENDATARIA, la tenencia de un bien para su uso y goce, a cambio del pago de un canon o renta periódica.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING FINANCIERO?
1°- La entrega de un bien para su uso y goce.
2°- El establecimiento de un canon periódico, que lleva implícito el precio del derecho a ejercer una opción de adquisición.
3°- La existencia, en favor del locatario, de una opción de adquisición al terminarse el plazo pactado en el contrato, que podrá ejercer siempre y cuando cumpla con la totalidad de las prestaciones a su cargo.
4°- Que el bien objeto del Leasing sea susceptible de producir renta.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING OPERATIVO?
1° La entrega del bien.
2° El pago de un canon.
3° La aptitud del bien para producir renta.
EN QUE SE DIFERENCIA EL LEASING FINANCIERO DEL LEASING OPERATIVO?
La diferencia fundamental consiste en que en el leasing financiero siempre existe una opción de adquisición, pactada desde el inicio del contrato a favor del locatario, mientras que en el operativo sólo se presenta esta opción excepcionalmente, y de existir, es por el valor comercial del bien (Opción de compra a precio comercial).
En el leasing financiero, la vocación del bien es pasar al patrimonio del locatario, al paso que en el operativo es permanecer en poder del arrendador.
La opción de adquisición en un leasing financiero puede estar determinada en valor en el contrato, o ser determinable siempre y cuando claramente se indique como llegar a su determinación y dicha determinación guarde relación con el valor del bien en el momento en que se inicie el contrato.
La potencial opción de compra en un leasing operativo, como se dijo, se realiza por el valor comercial del bien, entendido éste valor como aquel precio en el mercado de bienes de similares características al objeto del contrato, en un momento determinado y considerando el estado en que se encuentra.
FUENTE CONSULTADA: http://www.fedeleasing.org.co/generales.htm
FUENTE CONSULTADA: http://www.fedeleasing.org.co/generales.htm
jueves, 19 de mayo de 2011
QUIENES PODRAN ACCEDER AL DESCUENTO TRIBUTARIO POR CONTRATAR NUEVOS EMPLEADOS
El parágrafo 1 del artículo 13 de la Ley 1429 de 2010 indica que el beneficio solo podrá ser tomado por el primer empleador que otorgue ese tipo de puestos de trabajo, es decir, el que actúa primero convirtiendo a la persona en una asalariada que por primera vez empezaría a figurar en la PILA.
En los artículos 9 hasta 13 de la Ley 1429 de Diciembre 29 de 2010 se dispuso que todos aquellos contribuyentes del impuesto de renta que otorguen nuevos puestos de trabajo a los tipos de personas que están expresamente señalados en esas normas, entonces podrán tomar los aportes parafiscales y una parte de los aportes a seguridad social que les toque cancelar sobre los salarios de esos nuevos trabajadores y lo podrán tratar como un descuento en su declaración anual del impuesto de renta (ver más detalles sobre cómo se calcula ese descuento en nuestro anterior editorial “¿Cómo se calcula el Descuento del impuesto de Renta por generación de nuevos empleos a partir del 2011?”)
Justamente, uno de los casos más atractivos para ganarse ese descuento es el contemplado en el artículo 13 en el cual se indica que el descuento tributario se otorgará si se contratan a personas (hombres o mujeres, sin importar su edad ni ningún otro requisito), pero que se ganarán menos del equivalente a 1.5 S.M.LV (hoy día sería menos de 1,5 x 535.600=$803.400).
Sin embargo, ese artículo 13 contiene un parágrafo 1 (que no es igual al que aparece en los otros artículos 9 hasta 12), y en el cual se deja ver que el descuento tributario solo se otorgará a los empleadores que actúen más rápido que los demás y le otorguen a esas personas su verdadero primer empleo.
Solo el empleador que convierta al trabajador como cotizante que aparecerá en la PILA por primera vez, es el que se gana el beneficio
En efecto, en ese parágrafo 1 del artículo 13 de la Ley 1429 de 2010 leemos lo siguiente:
“Parágrafo 1°. El beneficio de que trata este artículo sólo aplica para nuevos empleados, entendiendo como nuevos empleados aquellas personas que aparezcan por primera vez en la base de datos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), sin que puedan interpretarse como nuevos empleos aquellos que surgen luego de la fusión de empresas; sin embargo, se consideran como nuevos empleos las personas que apareciendo en la base de datos denominada PILA, lo hayan sido como trabajadores independientes.”
miércoles, 18 de mayo de 2011
LEY 1430 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2010
Con esta ley se elimino la deducción por inversión en activos fijos a partir del año 2011 como pueden leerlo en los parrafos anteriores, hasta el año 2010 se podía deducir del impuesto a la renta la inversión en activos fijos, comprados el mismo año de presentación de la declaración, con esta nueva ley esta deducción no se tendrá en cuenta.